Falleció Daniel Viglietti símbolo del canto de protesta de los años setenta y durante el exilio en la dictadura militar (1973-1984).


A los 78 años, nos ha dejado Daniel Viglietti
Daniel Viglietti murió hoy a los 78 años de edad, según dijeron personas allegadas al reconocido cantautor uruguayo. El músico falleció mientras se le realizaba una intervención quirúrgica.
Nacido el 24 de julio de 1939 en el seno de una familia de músicos —su madre era la pianista Lyda Indart, y su padre el guitarrista Cédar Viglietti—, desde niño entra en contacto con la música clásica y popular. Estudia guitarra con los maestros Atilio Rapat y Abel Carlevaro, adquiriendo así una sólida formación como concertista para luego dedicarse, en los años 1960, principalmente a la música popular.
Su obra musical se caracteriza por una particular mezcla entre elementos de música clásica y del folclore uruguayo y latinoamericano. Desde “Hombres de nuestra tierra”, su segundo disco a dos voces con Juan Capagorry, inicia un trabajo compartido con escritores, musicalizando luego poemas de Líber Falco, César Vallejo, Circe Maia, los españoles Rafael Alberti y Federico García Lorca, el cubano Nicolás Guillén entre otros.
Entre sus composiciones más conocidas están A desalambrar, Canción para mi América, Milonga de andar lejos y Gurisito. Su obra tiene proyección mundial, siendo interpretada por cantantes de varias nacionalidades, como Víctor Jara, Amparo Ochoa, Isabel Parra, Joan Manuel Serrat, Alí Primera, Mercedes Sosa, Chavela Vargas y Soledad Bravo entre muchos otros.
fuente de la  DIARIO   REPUBLICA

DANIEL VIGLIETTI TODAS LAS CANCIONES Y SU LETRA


Daniel Viglietti Conciertos y recitales 16 vídeos



Falleció Daniel Viglietti


Había desarrollado una prolongada labor como músico y compositor y era uno de los iconos de la canción
política.

A los 78 años falleció este lunes el cantautor uruguayo Daniel Viglietti, víctima de un infarto cuando estaba siendo operado.

Viglietti fue un referente de la canción de protesta latinoamericana, había participado activamente de movimientos de solidaridad y apoyo a los revoluconarios en América Latina. Fruto de su compromiso fue “Canciones para el hombre nuevo”, de 1968, es uno de los discos más influyentes en la música popular iberoamericana. Algunas de sus temas fueron interpretados por artistas como Víctor Jara, Joan Manuel Serrat, Mercedes Sosa, Leo Maslíah, Fernando Cabrera y Tabaré Rivero, entre otros.

Fue autor de reconocidas canciones como “A desalambrar”, “El chueco Maciel” y musicalizó a numerosos poetas como Circe Maia, Líber Falco,  Washington Benavídez, César Vallejo,Rafael Alberti, Federico García Lorca y Nicolás Guillén, entre otros. Realizó múltiples espectáculos y grabó discos “A dos voces” con Mario Benedetti, a quien le unía además una profunda amistad.

Exiliado durante la dictadura, regresó al país en 1984, y desde entonces vinculó su obra indisolublemente a las causas populares.
Había nacido el 24 de julio de 1939 en Montevideo en el seno de una familia de músicos. desde muy joven mostró sus inclinaciones por el arte. Estudio guitarra con los maestros Atilio Rapat y Abel Carlevaro.

Además de su actividad como músico, realizó una tarea de investigación, preservación y difusión de la música latinoamericana. Construyó un archivo musical al que denominó “Memoria Sonora de América Latina”. Desde 1994 realizó el programa “Tímpano” por Radio El Espectador de Montevideo, que fue retransmitido en Argentina, Venezuela y Francia.
El 2014 recibió el premio “Noel Nicola” en “Casa de las Américas” de La Habana, Cuba.
FUENTE  CARAS Y CARETAS

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DANIEL VIGLIETTI TODAS LAS CANCIONES Y SU LETRA


Murió a los 78 años el cantautor uruguayo Daniel Viglietti El artista será velado en el Teatro Solís este martes, de 10 a 14 horas El músico Daniel Viglietti, uno de los más influyentes de la música popular uruguaya, murió este lunes a los 78 años por complicaciones durante una operación quirúrgica, según confirmó a El Observador Eduardo Fernández, secretario del Partido Socialista.


Murió el cantautor urguayo Daniel Viglietti El músico murió en Montevideo, a los 78 años; es autor de "A desalambrar" y "Gurisito", entre otras

Daniel Viglietti, la voz de la canción de protesta uruguaya Falleció en Montevideo, a los 78 años; su último concierto fue el viernes en un festival de Piriápolis

Murió el cantautor uruguayo Daniel Viglietti, ícono de la música popular El músico tenía 78 años. Fue un referente de la protesta contra la dictadura uruguaya desde el exilio en los años 1970. Tuvo además una intensa actividad como comunicador en radio, prensa y televisión

"“Estuvieron 11 años presos. Mi madre en Punta de Rieles y mi padre en el Penal de Libertad.

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 Mi madre estaba embarazada de mi hermano cuando cayó presa; a él lo criaron mis hermanos. Yo nací en 1989, en democracia. No lo viví directamente pero sí vivo las secuelas que dejó en mi familia. La dictadura también nos afectó a los hijos”. Historias como esta rompían con la locura de 18 de Julio a las cinco de la tarde en la plaza Libertad. El grupo Denunciantes de Causas Penales de Violaciones de los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado convocó a una movilización con el lema “La justicia, cuando tarda, no es justicia”.

“Supongo que querés saber cuál es mi causa”, comenzó diciendo Liliana Pertuy, una de los 40 adolescentes de entre 13 y 18 años que estuvieron presos y fueron torturados en un cuartel del departamento de Treinta y Tres. La integrante del colectivo de denunciantes contó que fueron 20 de los 40 que presentaron la denuncia y señaló que después de que se presentó un recurso de inconstitucionalidad, “todo quedó quieto”. “Nos dicen que no los encuentran, que no saben dónde viven. ¿Cómo me vas a decir eso en un país de tres millones de personas?”, preguntó. La ex presa política se refirió a las demoras en el avance de estas causas penales y expresó que “queda mucho por hacer” y que, si bien “con el Frente Amplio algo ha cambiado, ha sido muy poco”.

“Esta ley de impunidad lo que ha hecho es dividir en categorías y ha privilegiado a lo peor de la sociedad”, dijo. Y agregó: “Esta impunidad dividió a los ciudadanos; los que han cometido los delitos más aberrantes, más espantosos, robos, secuestros de bebés, violaciones, asesinatos, torturas, saqueos, esos están amparados”.

Pertuy hizo referencia a la reciente declaración de la Suprema Corte de Justicia en la que se considera inconstitucional la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad para un caso de torturas en Tacuarembó y expresó que es “una burrada típica de la Edad de Piedra, de cavernícolas”. “Es retroceder, ir para atrás; a mí me llaman desde afuera,de otros países, diciendo que no pueden entender”, agregó Pertuy. Además, al reflexionar acerca de quienes tomaron esta decisión, dijo que “ellos han sido uruguayos, han vivido en este país, se habrán enterado de las aberraciones que pasaron durante los 11 años de dictadura y conocen la historia; [esta declaración] no es explicable mediante la lógica“. “Están defendiendo la desigualdad ante la ley”, dijo, y agregó que el colectivo de denunciantes quiere “llamar la atención sobre esto; Uruguay es un país con una larga tradición democrática”.

La denunciante contó que esta es la primera vez que se coordinan para hacer algo juntos, y que seguramente harán más cosas en el futuro “para ver si se mueven” las causas penales. “Esto es para el futuro, para las generaciones que vienen; yo voy a seguir luchando hasta el último de mis días”, finalizó Pertuy.

La actividad incluyó espectáculos artísticos y contó con la adhesión del PIT-CNT, la Federación de Estudiantes Universitarios del Uruguay, Crysol, el Servicio Paz y Justicia, el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay, Familiares de Detenidos Desaparecidos y el Observatorio Luz Ibarburu."
FUENTES DE LA DIARIA

Las causas sobre delitos de lesa humanidad “van para atrás”, dijo Olivera


El coordinador del Observatorio Luz Ibarburu criticó la resolución de la SCJ que declaró inconstitucional la imprescriptibilidad
 coordinador del Observatorio Luz Ibarburu, Raúl Olivera, criticó la decisión de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró inconstitucional la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad para un caso en Tacuarembó.

Olivera dijo que aunque desde algunas organizaciones sociales se reclama que las causas por violaciones de los derechos humanos durante la dictadura están estancadas, en realidad “es peor que eso, las causas van para atrás”.

Según Olivera lo sucedido “está vinculado” con los cambios de integrantes de la SCJ.

Al respecto recordó que recientemente desde las organizaciones sociales se denunció la forma en que se eligen los integrantes de la SCJ, a partir de negociaciones políticas.

“Ponemos gente que piensa distinto a lo que piensa el Estado, (…) esa es la realidad”, afirmó en Visión nocturna.

El coordinador del Luz Ibarburu indicó que la Justicia no avanza porque “hay impedimentos de carácter político; todos están tirando la pelota para adelante para que pase el tema”.

“Todo el mundo está haciendo tiempo, eso es así”, sostuvo.

Olivera expresó que este jueves tendrán una audiencia con uno de los comisionados de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el brasileño Paulo Vannuchi, a quien le entregarán un documento fundamentando su visión de que “Uruguay no está cumpliendo la sentencia del caso Gelman”.

Además le darán otra carta protestando por manifestaciones de la Secretaría de Prensa de la CIDH “que dijo que el Uruguay había saldado la ausencia en mayo en la CIDH, cuando no fue” y “lo saldó de alguna manera poniendo plata para que ellos funcionaran acá”.


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Foto: Santiago Mazzarovich/adhodFotos


SCJ declaró inconstitucional la imprescriptibilidad de delitos de lesa humanidad para un caso de torturas en Tacuarembó
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La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió una sentencia en la que, por mayoría de sus integrantes, declaró inconstitucionales los artículos 2º y 3º de la Ley 18.831, “asentándose en el fallo un cambio jurisprudencial”, según dice el resumen del documento al que accedió la diaria. La sentencia responde a un recurso de casación penal interpuesto por BB, indagado en la causa que investiga la denuncia de torturas, privación de libertad y detención ilegítima en el Regimiento de Caballería Nº 5 de Tacuarembó, presentada por Gloria Izquierdo en 2012, y que tramita el Juzgado Letrado de Primera Instancia de ese departamento.

Tal como se asienta, la sentencia que votaron favorablemente el presidente del cuerpo, Jorge Chediak, y los ministros Elena Martínez Rosso y Julio Turell, y que contó con la opinión discordante de los ministros Felipe Hounie y Bernadette Josefina Minvielle, establece un cambio en la jurisprudencia, dado que la SCJ vuelve a considerar inconstitucionales los artículos de la norma interpretativa aprobada en 2011 que establecen que no se computará “plazo alguno, procesal, de prescripción o de caducidad, en el período comprendido entre el 22 de diciembre de 1986 y la vigencia de esta ley, para los delitos” cometidos “en aplicación del terrorismo de Estado hasta el 1º de marzo de 1985”, comprendidos en el artículo 1º de la Ley 15.848 (de caducidad de la pretensión punitiva del Estado, del 22 de diciembre de 1986), y que declara a esos delitos “crímenes de lesa humanidad de conformidad con los tratados internacionales de los que la República es parte”.

Recordatorio

En febrero de 2013, poco después de decidir el traslado de la jueza Mariana Mota de la órbita penal a la civil, la SCJ dictó una sentencia en la que declaraba inconstitucionales los artículos 2º y 3º de la Ley 18.831. Esa vez fue aprobada por cuatro votos a uno y votaron a favor los ministros Julio César Chalar, Jorge Chediak, Jorge Larrieux y Jorge Ruibal Pino, mientras que en discordia lo hizo Ricardo Pérez Manrique. En ese momento, la decisión de la SCJ fue rechazada por la Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) y diversas organizaciones de defensa de los derechos humanos, como el Servicio Paz y Justicia de Uruguay, que expresó en un comunicado “consternación e indignación” por el pronunciamiento y calificó a la sentencia de un “gravísimo retroceso a la aplicación de la justicia frente a los horrores ocurridos en nuestro pasado reciente”, entendiendo que “incumple manifiestamente” la sentencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso Gelman.

En este mismo sentido, en noviembre de 2014 la SCJ revocó un fallo propio y aceptó la presentación de un recurso por parte de la defensa del general Pedro Barneix contra la decisión de un Tribunal de Apelaciones que desestimó la solicitud de prescripción del delito de “homicidio político” de Aldo Perrini. No obstante, a mediados de 2015 la SCJ concluyó que no se debía computar para la prescripción el plazo que va desde la fecha en que se sancionó la ley de caducidad hasta el día en que ese caso se pudo volver a juzgar. La SCJ sostuvo en aquella ocasión que la vigencia de la ley de caducidad de la pretensión punitiva del Estado “significó un claro obstáculo insuperable para el ejercicio de la acción penal por parte de su titular, el Ministerio Público”, y que “no puede compartirse con el recurrente que existieron medios idóneos para investigar la comisión de los delitos perpetrados durante la dictadura cívico militar, ya que el ámbito preciso para la investigación, resolución, imputación y reproche a los responsables de hechos de naturaleza delictiva es, únicamente, la justicia penal que funciona en la órbita del Poder Judicial”. “Durante la vigencia de la ley de caducidad, el Ministerio Público se vio impedido de ejercer su poder-deber de acción, situación jurídico procesal que debemos diferenciar bien de aquella en la que se encuentran los restantes sujetos procesales que detentan el derecho o la potestad de accionar en otras materias”, decía el fallo aprobado por unanimidad y firmado por los tres ministros intervinientes: Felipe Hounie, Ricardo Pérez Manrique y Jorge Larrieux.

Este fallo de la SCJ habilitó a continuar con la indagatoria que culminó con el procesamiento con prisión de Barneix, que no se concretó debido a que el militar se suicidó en su domicilio cuando iba a ser detenido.

Fallo fallido

El fallo fechado el 25 de setiembre dice que la SCJ consideró por mayoría “que las reglas que establecen la imprescriptibilidad de los ‘Crímenes de Lesa Humanidad’ no pueden ser aplicadas al presente caso, ya que las leyes que incorporaron estos a nuestro derecho son posteriores a la comisión de los hechos en esta causa”. Los doctores “Chediak, Martínez y Turell declararon inconstitucionales los artículos 2 y 3 en virtud de violentar los principios de legalidad e irretroactividad de la ley penal más gravosa (ínsito en el artículo 72 de la Carta) y consagrado en una norma de Derecho Internacional (Pacto de San José de Costa Rica, artículo 7.2, ratificado por ley 15.737). El principio importa una garantía para el sujeto sometido al proceso y para todas las personas que respetan la ley”.

Por su parte, consta que Hounie cree que “no se verifica la inconstitucionalidad pretendida, ya que el crimen de lesa humanidad es una figura que se incorporó a nuestro orden jurídico con anterioridad a las leyes 17.347 y 18.026 y a que no se constata violación alguna al principio de seguridad jurídica. Alega que la imprescriptibilidad resulta de la vocación jusnaturalista de nuestra Carta y del derecho internacional de los derechos humanos”. Finalmente, la doctora Minvielle deja constancia de que “los crímenes de lesa humanidad en cuanto ‘...pueden considerarse atentados a los básicos derechos humanos universalmente aceptados’ son tales no por la voluntad de un Estado sino por imperio de normas internacionales que constituyen el ‘ius cogens’ internacional”.

Consultado sobre este fallo de la SCJ, Raúl Olivera, coordinador ejecutivo del Observatorio Luz Ibarburu, organización patrocinante de la denuncia de Izquierdo, dijo que las declaraciones de inconstitucionalidad de la Ley 18.831 no afectaron sustancialmente los procesos judiciales, pero han servido “para alargarlos”, ya que los indagados “ganan casi un año con la presentación de recursos”. “Desde el punto de vista formal no ha tenido incidencia directa, porque no significa que los jueces actúen así”, agregó, aunque consideró que este tipo de sentencias tienen que ver con la forma en que se designan los miembros de la SCJ, sistema que es cuestionado por las organizaciones defensoras de los derechos humanos y con la propia ley interpretativa de la ley de caducidad. Olivera dijo que el Observatorio y otras organizaciones presentaron un proyecto que, básicamente, consistía en “transcribir el contenido” de la sentencia Gelman de la CIDH, y recorrieron “todo el espinel político” suponiendo que iban “a tener consenso”; sin embargo, fue otro el texto que se terminó aprobando, lo que dio lugar “a chicanas y a hacer discutible un tema que no lo es”. “Por eso, la mayoría de los jueces no la aplican”, concluyó.

FUENTES DE LA DIARIA


Organizaciones de DD-HH denuncian inexistencia de procesamientos de militares por torturas en dictadura

El próximo jueves 26 de octubre se realizará una concentración a la hora 17 en plaza Libertad.
Diferentes organizaciones de derechos humanos y colectivos de ex presos políticos manifestaron profunda preocupación por la inexistencia de procesamiento de militares que en dictadura (1973-1985) cometieron torturas, violaciones de mujeres y provocaron la desaparición de menores.

El próximo jueves 26 de octubre se realizará una concentración a la hora 17 en plaza Libertad, bajo la consigna: “La Justicia cuando tarda no es Justicia”.Invitación ver clik aca

Convocan a la movilización los denunciantes penales por violaciones a los derechos humanos durante el terrorismo de Estado. A la vez, adhieren: el PIT-CNT, la FEUU, CRYSOL, SERPAJ, Familiares de Detenidos Desaparecidos y la Fundación Luz Ibarburu.



En dicho marco, Diego Damián, integrante del colectivo de ex presos políticos recordó que hay 300 causas de violaciones a los derechos humanos ocurridas durante los años de dictadura cívico-militar.

“En aquellos años, buena parte de la gente que resistió en los gremios, en los centros de estudio y en los barrios, fuimos detenidos y procesados, estuvimos en prisión y torturados”, recordó el militante por los derechos humanos, en declaraciones a Subrayado.

Dijo que ese era el mensaje de la dictadura para “todo el que quisiera oponérsele”.

“Una de las cosas más horrendas fue que todas las mujeres, de una manera u otra, fueron abusadas o violadas sexualmente. Eso es una de las espinas clavadas y sobre las cuales la Justicia no ha actuado”, remarcó.

Una imagen de lo que eran aquellos momentos -ejemplificó- “es la de una muchacha embrazada, desnuda, encapuchada, colgada y rodeada de tipos que le aplicaban una picana eléctrica y la volaban”.

Expresó que denunciar esos casos ante la Justicia costó mucho dolor. “Hubo que acompañar a esas mujeres, que no se habían animado a hablar con sus parejas, ni con sus hijos de lo que había sucedido, para que pudieran realizar las denuncias”, recordó.



Al tiempo, lamentó que por esas casusa “no hay procesados”.

“Si bien durante los últimos diez años hubo procesamientos por delitos de lesa humanidad, lo han sido por asesinatos y desapariciones forzadas. Pero en general, por tortura, no han hecho nada, no ha habido procesados. Esto nos preocupa. Todo se viene dilatando y la Justicia es demasiado permeable a las chicanas y a las tácticas de las demoras que tiene la defensa de los acusados”, remarcó Damián.

Inexistencia de procesamientos

Por su parte, el integrante del Observatorio Luz Ibarburu, Raúl Olivera, coincidió -en declaraciones a LARED21- que no existen procesamientos por casos de torturas, violaciones de mujeres y desaparición de menores, salvo el caso del coronel retirado Rodolfo Gregorio Álvarez Nieto, sobrino del fallecido ex dictador Gregorio Álvarez.

Remarcó que existen otras 38 solicitudes de procesamientos que no han avanzado y en realidad “van para atrás” a causa de las defensa de los acusados. Rechazó las amenazas y presiones que han existido hacia los jueces.

Olivera dijo que el  Observatorio Luz Ibarburu, solicitó una reunión privada con la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, durante su estadía en Montevideo entre el 23 y 27 de octubre próximo, en el marco de su 165º  período de sesiones.

Integrantes del Observatorio se reunirán con el comisionado Paulo Vannuchi, consultor político y sindical. En su juventud, permaneció preso durante cinco años por actividades de resistencia a la dictadura militar de Brasil.


 Integró el equipo de trabajo que realizó la investigación “Brasil Nunca Más”. Fue Ministro de Derechos Humanos en el Gobierno Luiz Inácio Lula da Silva entre el 21 de diciembre de 2005 y el 31 de diciembre de 2010, y presidente del Consejo de Defensa de los Derechos Humanos, de la Comisión Nacional para Erradicar el Trabajo Esclavo y del Comité Nacional de Prevención y Combate a la Tortura en Brasil.

fuentes de LARED21

Eduardo Ferro.se aprobó la extradición en España del ex militar uruguayo

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El Consejo de Ministros del gobierno de Mariano Rajoy aprobó la extradición del ex militar uruguayo Eduardo Ferro. El coronel retirado se escapó de Uruguay en octubre, cuando fue citado a declarar como indagado por el secuestro y desaparición, en 1977, del militante comunista Óscar Tassino y en noviembre del año pasado no se presentó a la indagatoria.

La fuga de Ferro hizo que se emitiera una solicitud de captura nacional e internacional, que provocó su detención en España en setiembre.

La Justicia española ya había aprobado la extradición, pero faltaba la aprobación política del proceso, que fue emitida esta mañana.

Además del caso de Tassino, Ferro es vinculado con la desaparición de María Claudia García Gelman y de Fernando Miranda. También es considerado uno de los protagonistas de la Operación Cóndor y se sospecha que fue responsable del espionaje militar a partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales entre 1988 y 1991.
nota de la diaria  foto color el observador  
foto blanco y negro Represores Argentinos y Uruguayos: Eduardo Ferro