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Día Internacional de Apoyo a las Víctimas de Tortura Guianze señaló necesidad de actualizar la tipificación del delito de tortura
La integrante del consejo directivo de la Institución Nacional de Derechos Humanos (Inddhh) Mirtha Guianze recordó en De diez a doce que el organismo recomendó incorporar al ordenamiento jurídico uruguayo el delito de tortura definido en los términos de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de la ONU.
De esa manera no se dependería de interpretaciones de los jueces para definir como tortura situaciones como algunas que se detectan en establecimientos de reclusión, de iternación psiquiátrica o similares, apuntó.
Mirtha Guianze recordó en De diez a doce que el organismo recomendó incorporar al ordenamiento jurídico uruguayo el delito de tortura definido en los términos de la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes de la ONU. Escuchar la entrada clik aca
26 de junio, Día Internacional en Apoyo de las Víctimas de la Tortura
Que es la tortura
Todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información, de castigarla por un acto que haya cometido, que se sospeche ha cometido, o de intimidar o coaccionar a personas, por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia.
Con la tortura se trata de destruir la personalidad de la víctima despreciando la dignidad intrínseca de todo ser humano. Las Naciones Unidas han condenado desde sus comienzos su práctica por ser uno de los actos más aborrecibles que los seres humanos cometen contra sus semejantes.
La tortura se considera un crimen. Está absolutamente prohibida en todos los instrumentos y no puede justificarse en ninguna circunstancia. Esta prohibición forma parte del derecho internacional consuetudinario, lo que significa que es vinculante para todos los miembros de la comunidad, aún si un Estado no ha ratificado los tratados en los que se prohíbe explícitamente. Su práctica sistemática y generalizada constituye un crimen contra la humanidad.
Para recuperarse de la tortura se requieren programas especializados de rápida actuación. El trabajo de los centros de rehabilitación y de las organizaciones especializadas de todo el mundo han demostrado que las víctimas pueden hacer la transición desde el horror a la curación.
El independiente de hidalgo con mx
El 12 de diciembre de 1997, la Asamblea, por recomendación del Consejo Económico y Social (decisión 1997/251), proclamó el 26 de junio Día Internacional de las Naciones Unidas en Apoyo de las Víctimas de la Tortura (resolución 52/149), con vistas a la erradicación total de la tortura y a la aplicación efectiva de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (resolución 39/46), que entró en vigor el 26 de junio de 1987.
Este año, 2016, también se cumple el 35 aniversario del Fondo Voluntario de la ONU Disponible en inglés para las Víctimas de la Tortura, administrado por la Oficina el Alto Comisionado de las Naciones Unidas de Derechos Humanos en Ginebra, un único mecanismo centrado en las víctimas que canalizan los fondos para la asistencia de las víctimas de la tortura y de sus familias.
La ONU reseña en su portal web que para recuperarse de la tortura se requieren programas especializados de rápida actuación. El trabajo de los centros de rehabilitación y de las organizaciones de todo el mundo han demostrado que las víctimas pueden hacer la transición desde el horror a la curación, señala.
Añade que con la tortura se trata de destruir la personalidad de la víctima despreciando la dignidad intrínseca de todo ser humano.
Asimismo, recuerda que la tortura se considera un crimen en el derecho internacional. “En todos los instrumentos internacionales la tortura está absolutamente prohibida y no puede justificarse en ninguna circunstancia. Esta prohibición forma parte del derecho internacional consuetudinario, lo que significa que es vinculante para todos los miembros de la comunidad internacional, aun si un Estado no ha ratificado los tratados internacionales en los que se prohíbe explícitamente la tortura. La práctica sistemática y generalizada de la tortura constituye un crimen contra la humanidad”, indica.
Noticia al Día/un.org
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